No quiero renovar el contrato a mi inquilina en 2028. ¿Cómo me afectan los decretos de vivienda?
Los lectores envían sus preguntas al consultorio de vivienda de EL PAÍS en colaboración con Legálitas
La inquilina que tiene un contrato de alquiler en A Coruña, firmado en septiembre de 2023, está confundida por si el reciente Real Decreto Ley 29/2026 afectará su situación al no renovar el contrato a partir de 2028. El decreto establece una prórroga extraordinaria para ciertos casos, pero su aplicación depende de si la vivienda se encuentra en una zona tensionada.
En la provincia de A Coruña, existen dos zonas tensionadas: el Ayuntamiento de A Coruña, con una vigencia hasta el 30 de julio de 2028, y el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, con una vigencia hasta el 30 de julio de 2029. Si la vivienda está en una de estas zonas, la inquilina podría solicitar la prórroga extraordinaria, que le permite prorrogar el contrato por períodos anuales hasta un máxima de tres años en el primer caso y dos años en el segundo.
Sin embargo, si la vivienda no está en una zona tensionada, la inquilina solo podría solicitar la prórroga extraordinaria según el Real Decreto Ley 29/2026, aplicable a contratos que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. En este caso, podría pedir una prórroga de hasta dos años, siempre que esté pagando la renta al día y el arrendador no haya comunicado la necesidad de recuperar la vivienda para vivir en ella personalmente o en la de un familiar de primer grado.
El arrendador tendría que comunicar esta decisión con un mínimo de dos meses de anticipación y la inquilina tendría derecho a reclamar una indemnización si las condiciones de recuperación no se cumplieron.
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