Golpe del Supremo a las herencias aplazadas: sus rendimientos tributan de inmediato
El Tribunal descarta la doble imposición con Sucesiones y zanja que el régimen de atribución de rentas opera desde el fallecimiento, sin esperar al vencimiento del plazo fijado por el causante. Así, las ganancias de la herencia deben declararse de inmediato en la Renta, aunque el testador haya prohibido aceptar o disfrutar los bienes durante años. Leer
El Tribunal Supremo ha desestimado la tributación diferida de las herencias, estableciendo que las ganancias derivadas del patrimonio heredado deben declararse de inmediato en la Renta, independientemente de si los herederos han alcanzado el plazo de espera establecido en el testamento. Este fallo aclaró la tributación de las herencias yacentes, que deben imputarse en el IRPF a los herederos designados, incluso cuando estos aún no hayan alcanzado el plazo o adquirido los bienes formalmente.
La sentencia también desestimó el recurso de casación de un contribuyente que defendía el principio de no doble imposición, aclara la frontera entre tributaciones fiscales y civiles, y destaca la importancia de este fallo para la planificación de herencias complejas.
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