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Guía para inquilinos y propietarios: cómo afecta la nueva regulación de la vivienda

El jueves entró en vigor el primero de los dos decretos de vivienda aprobados por el Gobierno que redefinen el mercado del alquiler y la compra. La Diputación Permanente del Congreso lo convalidará el viernes. Leer

Guía para inquilinos y propietarios: cómo afecta la nueva regulación de la vivienda

El nuevo decreto ley 29/2026 introduce una serie de medidas urgentes para proteger la función social de la vivienda y expandir la oferta de vivienda asequible. Este conjunto de aproximadamente una docena de medidas será validado el próximo 16 de octubre.

Una medida clave es la prorroga de hasta un año en los alquileres de contratos que vencen antes del 31 de diciembre de 2028. Los inquilinos pueden solicitar esta extensión y, si la vivienda está en una zona declarada tensionada, la prorroga podría llegar hasta tres años. Sin embargo, el propietario solo puede negarse a extenderla si necesita la vivienda propio o para un familiar, o si firmó un nuevo contrato con un descuento del 5% mínimo en la renta mensual.

Otra medida controvertida prohíbe la compra de viviendas por entidades denominadas "buitres", que adquieren propiedades por debajo del 70% de su valor de tasación. Esta prohibición permanecerá hasta el 31 de diciembre de 2030. Sin embargo, los fondos considerados grandes tenedores (con al menos 10 viviendas) podrán seguir comprando viviendas a un precio superior al 70% de su valor, siempre que lo destinen a alquiler asequible o a colectivos vulnerables.

Además, se prohíbe desahuciar a familias vulnerables hasta 31 de diciembre de 2030, con diferentes trámites dependiendo de la condición del propietario. Si el propietario es un gran tenedor o entidad especulativa, los jueces deben suspender los desahucios mediante un auto y los propietarios pueden solicitar una prorroga de un año tras finalizar el contrato.

Para los pequeños propietarios, los jueces deben pedir a las administraciones públicas que busquen alternativas habitacionales si no responden en dos meses. En el caso de un propietario vulnerable con entre una y dos viviendas, el procedimiento podrá continuar hasta completar el desahucio.

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